Desde ayer Diego Cañamero se encuentra en situación de "búsqueda y captura" por no haberse presentado el 18 de febrero a un juicio por los piquetes informativos de la huelga general del 29-S. En este artículo, una integrante del Sindicato Andaluz de los Trabajadores explica los motivos que han llevado a esta organización a plantear la ’insumisión judicial’.
El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), heredero de la tradición de lucha del Sindicato de Obreros del Campo, sufre hoy una fuerte represión en su labor sindical como arrojan estas cifras a modo de ejemplo: 400.000 euros en multas, fianzas y sanciones; 350 militantes obreros procesados o multados y peticiones de cárcel que ascienden a 41 años y 9 meses.
Sabemos que este aumento de la represión por parte de los poderes públicos a través de la sanción penal, no es exclusiva contra el SAT sino que responde a una estrategia de aplicación del derecho excepcional a los colectivos disidentes con el orden socioeconómico.
El poder ejerce siempre la represión contra comportamientos que se consideran peligrosos para el orden social vigente con diferentes herramientas: sistemas familiares, educativos, laborales, culturales, religiosos. Cuando estos mecanismos fallan y el sujeto "rebelde" sigue considerándose un peligro para el orden social se aplica el ius puniendi, el derecho penal sancionador, con el fin de disuadir al sujeto en su conducta y castigarle en pos de defender la pacífica convivencia ciudadana y las libertades civiles.
Pero, ¿quiénes son estos enemigos del orden social? Históricamente siempre han existidos enemigos del orden imperante, que han recibido un trato excepcional por parte del derecho penal basado en su peligrosidad. En el Estado español: moriscos, judíos, gitanos o anarquistas. En la actualidad, estos enemigos del Estado son principalmente las personas inmigrantes y el terrorismo. Este último concepto, según la interpretación extensiva del poder, engloba la disidencia política y cualquier forma de contestación al sistema socioeconómico. Esta excepcionalidad en la aplicación del derecho penal se traduce en la suspensión de garantías procesales y desproporción en la aplicación de las penas.
La represión contra la labor sindical del SAT cumple los rasgos característicos de la teoría del Derecho Penal del Enemigo: adelantamiento de la punibilidad, penas desproporcionadas respecto del Derecho Penal normal, relajación o supresión de determinadas garantías procesales individuales...
Adelantamiento de la punibilidad: como más reciente ejemplo de esta práctica podríamos citar la prohibición de llevar a acabo las concentraciones y manifestaciones convocadas por el SAT en Sevilla el 27 de enero en protesta por la aprobación de reforma del sistema de pensiones.
Penas desproporcionadas respecto del Derecho Penal normal: Es común para el SAT que acciones de protesta como ocupación de fincas o concentraciones en la vía pública se salden con peticiones de prisión por parte de los tribunales aunque en el desarrollo de estas acciones no se hayan producido daños ni contra las personas ni contra los bienes. La pena de privación de libertad, máxima pena en el ordenamiento jurídico, sigue siendo la respuesta del poder judicial.
Relajación o supresión de determinadas garantías procesales individuales: Ejemplo de ello son las detenciones mediáticas de imputados en sus domicilios y lugar de trabajo, en lugar de ser citados a declarar ante los tribunales por las formas de citación establecidas habituales. O las detenciones llevadas a cabo con violencia y desproporción.
Toda este hostigamiento y maltrato policial y judicial contra las protestas no violentas contra el paro y la miseria en Andalucía sucede mientras se viola diariamente el derecho al trabajo de más de un millón de personas y el derecho a unas condiciones laborales y de vida dignas de muchos millones más.
Como respuesta a estos montajes policiales y judiciales, el hostigamiento y la represión el Comité Nacional del SAT ha decidido iniciar una campaña pacífica de desobediencia civil que consistirá en no acudir a más juicios farsa mientras no cese la persecución contra el sindicato. Conscientes del precio a pagar por esta desobediencia, y la privación de libertad que puede suponer para muchos militantes, están dispuestos a llevar a cabo esta insumisión. Su fin es visibilizar esta maquinaria represiva del Estado que castiga a quienes no se doblegan ante el miedo que intentan imponer y que siguen luchando por un mundo incluyente y más justo donde la vida digna de todos y todas sea posible. Por Pastori Filigrana, militante del SAT.
Diego Cañamero, portavoz nacional del SAT (Foto: Miguel Ángel Llana/Asturbulla) |
El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), heredero de la tradición de lucha del Sindicato de Obreros del Campo, sufre hoy una fuerte represión en su labor sindical como arrojan estas cifras a modo de ejemplo: 400.000 euros en multas, fianzas y sanciones; 350 militantes obreros procesados o multados y peticiones de cárcel que ascienden a 41 años y 9 meses.
Sabemos que este aumento de la represión por parte de los poderes públicos a través de la sanción penal, no es exclusiva contra el SAT sino que responde a una estrategia de aplicación del derecho excepcional a los colectivos disidentes con el orden socioeconómico.
El poder ejerce siempre la represión contra comportamientos que se consideran peligrosos para el orden social vigente con diferentes herramientas: sistemas familiares, educativos, laborales, culturales, religiosos. Cuando estos mecanismos fallan y el sujeto "rebelde" sigue considerándose un peligro para el orden social se aplica el ius puniendi, el derecho penal sancionador, con el fin de disuadir al sujeto en su conducta y castigarle en pos de defender la pacífica convivencia ciudadana y las libertades civiles.
Pero, ¿quiénes son estos enemigos del orden social? Históricamente siempre han existidos enemigos del orden imperante, que han recibido un trato excepcional por parte del derecho penal basado en su peligrosidad. En el Estado español: moriscos, judíos, gitanos o anarquistas. En la actualidad, estos enemigos del Estado son principalmente las personas inmigrantes y el terrorismo. Este último concepto, según la interpretación extensiva del poder, engloba la disidencia política y cualquier forma de contestación al sistema socioeconómico. Esta excepcionalidad en la aplicación del derecho penal se traduce en la suspensión de garantías procesales y desproporción en la aplicación de las penas.
La represión contra la labor sindical del SAT cumple los rasgos característicos de la teoría del Derecho Penal del Enemigo: adelantamiento de la punibilidad, penas desproporcionadas respecto del Derecho Penal normal, relajación o supresión de determinadas garantías procesales individuales...
Adelantamiento de la punibilidad: como más reciente ejemplo de esta práctica podríamos citar la prohibición de llevar a acabo las concentraciones y manifestaciones convocadas por el SAT en Sevilla el 27 de enero en protesta por la aprobación de reforma del sistema de pensiones.
Penas desproporcionadas respecto del Derecho Penal normal: Es común para el SAT que acciones de protesta como ocupación de fincas o concentraciones en la vía pública se salden con peticiones de prisión por parte de los tribunales aunque en el desarrollo de estas acciones no se hayan producido daños ni contra las personas ni contra los bienes. La pena de privación de libertad, máxima pena en el ordenamiento jurídico, sigue siendo la respuesta del poder judicial.
Relajación o supresión de determinadas garantías procesales individuales: Ejemplo de ello son las detenciones mediáticas de imputados en sus domicilios y lugar de trabajo, en lugar de ser citados a declarar ante los tribunales por las formas de citación establecidas habituales. O las detenciones llevadas a cabo con violencia y desproporción.
Toda este hostigamiento y maltrato policial y judicial contra las protestas no violentas contra el paro y la miseria en Andalucía sucede mientras se viola diariamente el derecho al trabajo de más de un millón de personas y el derecho a unas condiciones laborales y de vida dignas de muchos millones más.
Como respuesta a estos montajes policiales y judiciales, el hostigamiento y la represión el Comité Nacional del SAT ha decidido iniciar una campaña pacífica de desobediencia civil que consistirá en no acudir a más juicios farsa mientras no cese la persecución contra el sindicato. Conscientes del precio a pagar por esta desobediencia, y la privación de libertad que puede suponer para muchos militantes, están dispuestos a llevar a cabo esta insumisión. Su fin es visibilizar esta maquinaria represiva del Estado que castiga a quienes no se doblegan ante el miedo que intentan imponer y que siguen luchando por un mundo incluyente y más justo donde la vida digna de todos y todas sea posible. Por Pastori Filigrana, militante del SAT.
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